Contabilización de las ampliaciones y mejoras de inmovilizado


Contabilización de las ampliaciones y mejoras de inmovilizado.

Las ampliaciones de inmovilizado están reguladas en la resolución sobre Inmovilizado Material. Cuando tenemos el inmovilizado funcionando, podemos realizar operaciones de ampliación y mejora, considerándose estas aquellas que incrementan el número de unidades producidas (incremento de la capacidad de producción), hacen que se produzcan ahorros de costes (incremento de la productividad) o se incremente la vida útil.







En estos casos, el importe de la ampliación debe considerarse mayor valor del inmovilizado y no gasto del ejercicio, por lo que es necesario modificar las amortizaciones del inmovilizado original.

Veamóslo con un ejemplo.

Ejemplo 1. Ampliación de inmovilizado

Tenemos una máquina adquirida el 1 de enero del año 1 por 5.000 con una vida útil de 5 años.
El 1 de enero del año 3, realizamos una ampliación y mejora por 600, que incrementa la capacidad productiva . La vida útil permanece constante.
Solución.
A 1 de enero del año 3, nos encontramos con




Los mayores serán




Como la ampliación se considera mayor valor del inmovilizado, los asientos que tendremos que realizar en el año 3 serán:


Por la ampliación realizada
Debe
Haber
Maquinaria (213)                                       
600

Bancos c/c  (572)

600             

A partir de este momento, tendremos que calcular la nueva cuota de amortización para los tres años que quedan de vida útil, por lo que haremos



El asiento de amortización al final del año 3 será

Amortización a 12/ año 3 (con la ampliación)
Debe
Haber
Amortización del inmovilizado material (681)                                 
1.200
                  
Amortización acumulada de las inversiones inmobiliarias (282)

1.200


Ejemplo 2. Ampliación que supone un incremento de la vida útil.

Tenemos una máquina adquirida el 1 de enero del año 1 por 5.000 con una vida útil de 5 años.
El 1 de enero del año 3, realizamos una ampliación y mejora por 600, que incrementa la capacidad productiva. La vida útil se incrementa un año más.




Como la ampliación se considera mayor valor del inmovilizado,

Por la ampliación realizada
Debe
Haber
Maquinaria (213)                                 
600
                          
Bancos c/c  (572)

600

En este momento, en el balance tenemos:
-        Valor del inmovilizado: 5.000 + 600 = 5.600
-        Amortización Acumulada 1.000 + 1.000 = 2.000
-        Vida útil restante 4 años.

La nueva cuota de amortización será 




Así, en los 4 años que restan de vida útil, tendremos que realizar los asientos :

Amortización a 12/ año 3 (con la ampliación)
Debe
Haber
Amortización del inmovilizado material (681)                                                      
900
                   
Amortización acumulada de las inversiones inmobiliarias (282)

900


Si en el proceso de ampliación o mejora, hubiera que incurrir en costes de destrucción o eliminación de los elementos sustituidos, dichos costes se considerarán como mayor valor, minorado en su caso por el importe recuperado en la venta de los mismos.



Redondear precios en Excel a múltiplo más cercano, inferior y superior


Como redondear cifras de precios en Excel al múltiplo más cercano, al inferior o al superior.

Los precios, cuando se calculan con algún sistema de costes o porcentajes, suelen salir con cifras poco atractivas desde el punto de vista comercial o desde el punto de vista del cambio de las operaciones, por lo que es necesario redondear las cifras, generalmente al múltiplo de cinco (o diez) más cercano o al inferior o superior.




Para realizar estas operaciones disponemos en Excel de tres funciones, cada una de ellas con características distintas.

La función REDOND.MULT, que nos permite redondear al múltiplo de la cantidad deseada más cercano (superior o inferior). Su sintaxis es

=REDOND.MULT(número, múltiplo)


Situándonos en C3, escribiremos =REDOND.MULT(B3;0,05) y arrastramos, nos redondea cada cifra al múltiplo de cinco céntimos más cercano. Así, para 10,27 nos devuelve 10,25 y para 10,28 nos devuelve 10,30



La función MULTIPLO.INFERIOR nos permite redondear al múltiplo elegido inferior. Su sintaxis es

=MULTIPLO.INFERIOR(número, múltiplo)


Situándonos en C3, escribiremos =MULTIPLO.INFERIOR (B2 ; 0,05) y arrastramos, nos redondea cada cifra al múltiplo de cinco céntimos inferior. Así, para 10,27 nos devuelve 10,25 y para 10,29 nos devuelve 10,25.


La función MULTIPLO.SUPERIOR nos permite redondear al múltiplo elegido inferior. Su sintaxis es
=MULTIPLO.SUPERIOR(número, múltiplo)



Situándonos en C3, escribiremos =MULTIPLO.SUPERIOR (B2 ; 0,05) y arrastramos, nos redondea cada cifra al múltiplo de cinco céntimos superior. Así, para 10,25 nos devuelve 10,25, pero ya para 10,26 nos devuelve 10,30.

En caso de que queramos redondear a precios tipo 10,29  o 10,99 o  10,39 simplemente tendríamos que restar un céntimo a las cantidades anteriores

Esta función se puede usar dentro de un campo calculado en tablas dinámicas.


Contabilización de los embargos en nóminas


Como se contabiliza un embargo en la nómina de un trabajador

Los embargos de nómina surgen cuando la empresa recibe una notificación de la Agencia Tributaria, de la Seguridad Social o de un juzgado informando de que ese trabajador tiene unas cantidades pendientes, y la empresa debe proceder al pago de las cantidades embargadas al organismo público y no al trabajador. Los cálculos de la cantidad a embargar se hacen desde el departamento de recursos humanos (o la asesoría que lleve la parte de laboral) en función de los importes. 

Desde el momento en que se recibe la notificación, la empresa tiene la obligación de pagar esas cantidades a la Hacienda Pública (o a la seguridad social,...) y no al trabajador, pasando la empresa a ser responsable de estos pagos, pudiendo ser embargada, sancionada,... si pagase las cantidades al trabajador y no al organismo público que ha decretado el embargo.

Estas cantidades son distintas de las obligaciones que tiene la empresa por retenciones, seguridad social, … por lo que se debería crear una cuenta distinta para recoger estas cantidades, dentro del subgrupo 475, por ejemplo, la 4753 (no prevista en el PGC) a la que llamaremos H. P. acreedora por embargos, que posteriormente ingresará.

Ejemplo.

La nomina del trabajador tiene el siguiente detalle:
-        Sueldo Bruto:                                         1.000
-        Retención IRPF                                      -100
-        Retención Seguridad Social                     -50
Nomina Neta                                          850

La seguridad social a cargo de la empresa asciende a 350

El trabajador tiene un embargo de nóminas por importe de 10, por lo que la importe neto que cobrará será de 840 (850-10).

El asiento que haremos será

Cuenta
Debe
Haber
Sueldos y salarios (640)
1.000

Seguridad Social a cargo de la empresa (642)
350

Organ. de la Seguridad Social, acreedores  (476)
350 + 50

400
Hacienda Pública, acreedora por retenciones practicadas (4751)

100
Hacienda Pública, acreedora por embargo de nóminas (4753) (cuenta no prevista en el Plan General de Contabilidad)

10
Bancos c/c  (572)

840

Posteriormente, por el ingreso de esas cantidades (se paga de forma distinta que las retenciones, IVA,...)



Cuenta
Debe
Haber
Hacienda Pública, acreedora por embargo de nóminas (4753) (cuenta no prevista en el PGC)
10

Bancos c/c  (572)

10 



Es también habitual que el embargo se contabilice en subcuentas del subgrupo 46, que, si bien desde el punto de vista conceptual y de definiciones contables de este subgrupo no es del todo correcto, tiene la ventaja de que deja el subgrupo 47 sólo para las deudas con Hacienda, por lo que la comprobación de los modelos fiscales (Modelo 303, 111, …) es más cómoda.